Pakistán:
Nacido en 1947, Pakistán es un Estado
relativamente joven que ha sufrido o a lo largo de su corta existencia varios
conflictos y golpes militares que lo han definido como un Estado autárquico
durante las distintas fases aludidas. Las primeras elecciones democráticas en
Pakistán tuvieron lugar en 1970 dando paso a sistemas más abiertos y
participativo (multipartidismo), con connotaciones y aspectos de nuevo avance
que lo hacían engullirse en un aparente avancen democrático que podríamos
definir como “democracias de fachada” (Finer, 1970) o “semidemocracia”
(Diamond, Linz, Lipset, 1995; Mainwaring, Brinks, y Pérez Liñán, 2000) o
democracia no completa. Sus disputas internas (Pakistán Oriental y Occidental)
y el conflicto de Bangladesh, fueron quizás un importante obstáculo para
impregnar de autentica democracia un Sistema Constitucional que fuese
capaz de garantizar la protección de los derechos humanos y el acogimiento a las
normas democráticas, hecho que se plasmó posteriormente en su Carta Magna aprobada
en 2010 y que pondría fin a largos regímenes militares.
A partir de la aprobación de su nueva
Constitución (2010) Pakistán ha dado un impulso importante en su
aspiración por convertirse en un Estado realmente democrático, no obstante hoy
día y haciendo mención a los textos de Inmaculada Smolka Vida « la mayoría de
los regímenes políticos del mundo, no son ni completamente democráticos ni
completamente autoritarios, sino que ocupan una extensa y nebulosa zona
que separa la democracia del autoritarismo», el régimen político pakistaní
podríamos encuadrarlo en este contexto explícito.
Poder ejecutivo
Si definiéramos de algún modo al sistema
político pakistaní, podríamos decir que se caracteriza por no ser un sistema
claramente democrático ni claramente autoritario, sino un sistema
semi-democrático como ha sido definido por Juan Linz y Seymour Martin Lipse,
donde todas las elecciones libres y justas están tan comprometidas, que los
resultados electorales, aunque competitivos, están aún muy lejos de las
preferencias populares; y/o en los cuales las libertades políticas y civiles
son tan limitadas que algunas orientaciones ideológicas estén coaptada en su
participación activa, como es el caso pakistaní, donde la restricción de la
participación de las minorías no islámicas cuentan sólo con diez escaños
en la Asamblea Nacional o Provincial y que la participación de la mujer esté
restringida a solo 60 escaños de los 242 que componen dichas Asambleas.
La República Islámica del Pakistán, es un
Estado que está sometido a las leyes de la Sharia (cuerpo del derecho
islámico) por lo que cualquier norma o ley aprobada en las distintas Asambleas
que la componen, deben de estar sometidas y compatibilizadas con las normas de
la Sharia, y para velar por este aspecto, se constituye el Tribunal
Federal que en su composición, integra a varios jueces ulemas (eruditos
versados en la ley islámica) que se encargan de enjuiciar y supervisar que
dichas leyes sean concomitante con la Shaira. Esta ley dispone de un
rango como la ley civil, por tanto toda la población sea o no musulmana,
está sometida bajo la alcurnia de esta ley, rompiendo de esta manera con
la libertad de culto y sometida al hostigamiento que este tipo de normas
produce, fundamentalmente al principio de igualdad, el desafío de
la democracia está en conjugar de manera edificante la política y la
religión, y ello dentro del estado de derecho democrático y secular donde se
garantice la libertad de culto, de otro modo se quiebra por principio la propia
democracia, es este,
un régimen competitivo en el que los actores no democráticos como las
autoridades religiosas, ejercen el poder del veto.
Otro aspecto intrínseco de
Pakistán, es el aislamiento y discriminación que aún sufre la mujer, mediante
leyes y normas que la denigran a un estado inferior al hombre, aspecto que
Benazir Bhutto quiso mejorar durante su mandato de Primera Ministro, Bhutto
«manifestó su preocupación por asuntos sociales y de salud de las mujeres»,
anunciando planes de desarrollos, donde establecer programas destinados a
mejorar esta situación. Bhutto no pudo cumplir nunca sus promesas, ni siquiera
propuso una legislación concreta destinada a ofrecer servicios básicos para
mejorar las condiciones de vida de la mujer pakistaní. Esta mujer
defensora de la abolición de leyes coercitivas hacia la mujer, como las órdenes
Hudood y Zina, no pudo llevar a
cabo nunca sus ideas, por la presión que la oposición musulmana ejercía sobre
ella y su partido, y por el fanatismo integrista religioso que afloraba en ese
momento.
Si la democracia es el poder del pueblo a
través de la participación en sus instituciones, pudiéramos considerar y
definir a Pakistán como un Estado democrático, puesto que el parlamento y sus
instituciones son elegidas mediante sufragio universal, pero este sufragio
universal deja de tener legitimidad cuando se imposibilita a la población
no musulmana a ser elegida presidente de la nación u optar a otros
puestos de relevancia política, pues estas están reservadas solo a los
musulmanes. Por tanto ante todo lo expresado, podemos considerar nos
hallaríamos ante un sistema político “híbrido” como
han solido definir varios autores a este tipo de regímenes (Karl, 1990 y 1995;
Diamond, 2002; Morlino, 2008) que sin dejar de aparenta ser un sistema
democrático participativo, impone una serie de normas preestablecidas a
través de la ley
islámica.
El problema del adoctrinamiento ortodoxo de la religión
El resurgir de los movimientos islamistas
ortodoxos, es un hándicap para la consecución de libertades plenas y el
mantenimiento de los derechos humanos, norma que Pakistán aprobó a través de la
Constitución de 1973. Durante la década de los 90’ se produce un declive
del islamismo en Pakistán, pero este fenómeno del declive, dice Kepel que
lo entiende como el crecimiento y proliferación de una facción del “islamismo”
unida a la yihad afgana: los talibán, que conformaron una nueva ideología
islámica, el salafismo yihadista, que reinicia la crítica a la injerencia de
los valores occidentales y al imperialismo norteamericano, esta corriente
islámica se organiza en grupos paramilitares y en lucha de guerrillas, que
chantajea a muchos terratenientes chiítas de Pakistán. Además estos grupos
terroristas (que mantiene una red internacional terrorista contra occidente) y
sus militantes periféricos están establecidos en muchas de las zonas
rurales pakistaníes y escapan al control del Estado. Estos grupos hoy
en día gozan del apoyo moral y material de una parte importante de la población
musulmana, esta, influenciada por su rechazo de la injerencia norteamericana en
los asuntos del país. La radicalización de estos grupos (talibán) imposibilita
la construcción de un ordenamiento estatal, lo que deja unas perspectivas
ciertamente inciertas para el desarrollo de un Estado realmente democrático.
Kepel y otros autores analizando la situación actual de Pakistán, anuncian
desde hace algún tiempo de la más que probable “talibanización”.
La politización del poder judicial
En la Constitución pakistaní se modela la
separación del poder político del judicial, pero entendemos que esta
consideración no se da de hecho, cuando el presidente de la nación elige
al alto tribunal, al fiscal general, a los presidentes del comité general, al
primer ministro, y a los gobernadores de las provincias. Otro hecho importante
a destacar, es que los proyectos de ley así como los proyectos de ley
presupuestarias, pueden ser rechazados por el presidente y que este, pueda
devolver al parlamento dicha propuesta para que sea reconsiderada, porque
en última instancia debe ser él quien le dé el aprobado, frente a este hecho,
pudiéramos hallarnos antes una democracia «utocrática» como la definía
Aristóteles y no participativa. Ante este cúmulo de circunstancia
contradictoria frente a la democracia parlamentaria, podríamos definir al
sistema político pakistaní, como un sistema “híbrido”
puesto que como comentaba Aristóteles respecto a que la democracia «es tanto
más posible, cuanto más igualitaria sea una sociedad» (1)
.
Bibliografía.
(1)
Dictadura
Franquista y Democracia 1939-2004, Javier Tusell
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